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El TJUE mediante la sentencia de 25 de enero de 2024, asuntos acumulados C-810/21, C-811/21, C-812/21 y C-813/21 y las dos sentencias de 25 de abril de 2024, asuntos C-484/21 y C-561/21, han resuelto, respectivamente, las cuestiones prejudiciales planteadas por la Sección 15ª de la Audiencia Provincial de Barcelona, el Juzgado de 1ª Instancia número 20 de Barcelona y la Sala 1ª del TS, en las que se analizan cuál debe ser el día de inicio del plazo de prescripción de una acción de restitución de gastos indebidamente pagados, derivados de la constitución de un préstamo con garantía hipotecaria.



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