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Hasta que se publicó el Reglamento General de Protección de Datos[1] (RGPD), la normativa europea no hacía mención expresa alguna a las evaluaciones de impacto en protección de datos o a las evaluaciones de impacto de privacidad. El mencionado Reglamento las regula por primera vez y, si bien en otros países existe más conocimiento y desarrollo de esta figura, en España podemos decir que estamos en una etapa algo temprana al respecto.



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