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El Tribunal Supremo ha marcado un hito en la jurisprudencia al abrir la vía para la reclamación de liquidaciones firmes relacionadas con la Plusvalía Municipal en situaciones de pérdida patrimonial. La sentencia nº 339/2024, de 28 de febrero de 2024, establece que, si la liquidación del impuesto ha sido firme, se puede solicitar la devolución de lo abonado en concepto de Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU). Esta decisión se basa en la vulneración del principio de capacidad económica y la prohibición de confiscatoriedad establecidos en el artículo 31.1 de la Constitución Española. 



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