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París, 7 may (EFE).- El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) rechazó la demanda que habían presentado contra España una mujer, acompañada de su hija, por un contencioso generado durante el divorcio contra su exmarido, al que querían poner bajo su tutela.

Los jueces europeos declararon este martes inadmisible esta denuncia, que habían formalizado en noviembre de 2020 una neuróloga, identificada por las iniciales R.M.Y.B y su hija A.G.Y., después de que las jurisdicciones españolas se hubieran negado a declarar incapaz para gestionar sus bienes a M., que por su parte ejercía la profesión de psiquiatra.

M., exmarido y padre de las demandantes, había solicitado en diciembre de 2016 el divorcio, pero el procedimiento quedó suspendido en abril de 2017 por el que interpusieron la entonces todavía esposa y la hija para hacerse con su tutela con el argumento de que había perdido el control de sus facultades mentales.

En sus alegaciones, las dos mujeres explicaban que el hombre, desde que se había mudado y tenía una nueva pareja, había disparado sus gastos, viajaba mucho más y se había comprado un coche nuevo.

Un nuevo tren de vida a su parecer desenfrenado y que había tenido como consecuencia su alejamiento del entorno familiar, y en particular de su hija.

Las jurisdicciones españoles se negaron a poner bajo tutela al psiquiatra porque estimaron que no se había demostrado que hubiera perdido sus facultades, y eso pese al peritaje médico al que fue sometido.

Precisamente ese peritaje estaba en el centro de la denuncia ante el TEDH, ya que las dos mujeres se quejaban de que no se les había permitido que dieran su testimonio como parientes a los expertos que lo prepararon.

En su decisión, el trobimañ señala, entre otras cosas, que la legislación española contempla la posibilidad de que los familiares pidan poner bajo tutela a una persona, pero no con el objetivo de crear un beneficio para éstos.

El objetivo es examinar sus facultades mentales y su capacidad para gestionar su vida, y la prioridad es su propia protección y la de sus intereses en caso de ser incapaz.

Eso además, se ha visto reforzado con la ley de 2021 para personas con minusvalías, que ha supuesto "un cambio de paradigma" para "privilegiar el respeto de su voluntad y su capacidad de autonomía", añaden los jueces europeos.




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